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Marco legal y de seguridad

Términos, Protocolo del CIT y Normativa

Estos documentos rigen el uso de RODAID, el proceso de emisión del Certificado de Identidad Técnica (CIT) y el tratamiento de tus datos. RODAID S.A.S. es una herramienta de registro y prevención operada con cruce de datos contra los registros del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza; no es una compañía de seguros.

¿Dudas sobre algún punto? Preguntale al asistente oficial: responde citando estas mismas cláusulas.

1. Términos y Condiciones de Uso

Marco general del servicio RODAID S.A.S., naturaleza de la plataforma, derechos y obligaciones del usuario y alcance de la responsabilidad.

TYC-1

Objeto y naturaleza del servicio

RODAID S.A.S. es una herramienta de REGISTRO y PREVENCIÓN de la identidad de rodados (el Certificado de Identidad Técnica, "CIT"), operada con cruce de datos contra los registros del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza. RODAID S.A.S. NO es una compañía de seguros: no indemniza, no asegura el bien y no garantiza la imposibilidad de hechos delictivos. Su función es dotar al rodado de una identidad verificable y trazable que desincentive el robo y facilite la recuperación.

TYC-2

Aceptación y autorización del usuario

Al aceptar estos Términos y Condiciones el usuario declara haber leído y comprendido el Protocolo de Emisión del CIT y la normativa de seguridad, y autoriza el tratamiento de sus datos conforme a la Ley 25.326 para los fines de prevención del delito y recuperación de propiedad descriptos en este corpus.

TYC-3

Derechos del usuario

El usuario tiene derecho a: (a) consultar en todo momento el estado de su validación y de su CIT desde el Garaje Digital; (b) obtener el certificado de propiedad una vez aprobada la validación; (c) ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos personales conforme a la Ley 25.326; y (d) recibir asistencia a través del canal de soporte oficial.

TYC-4

Obligaciones del usuario

El usuario se obliga a: (a) aportar datos veraces y completos; (b) suscribir la Declaración Jurada de Licitud sobre la procedencia lícita del bien; (c) no registrar bienes de procedencia ilícita ni documentación falsa o adulterada; y (d) no efectuar denuncias falsas dentro de la plataforma. El incumplimiento puede acarrear las consecuencias penales detalladas en la sección de Régimen Sancionatorio.

TYC-5

Alcance y límite de responsabilidad

RODAID S.A.S. provee un servicio de registro y prevención "tal cual" (best effort). No asume responsabilidad por el robo, hurto, pérdida o daño del bien, ni garantiza su recuperación. La validación de un CIT acredita la identidad registrada del rodado y la integridad de su registro, no la ausencia futura de hechos delictivos.

2. Protocolo de Emisión del CIT

Proceso de validación del Certificado de Identidad Técnica, plazos, la Regla de las 72 Horas Hábiles y sus excepciones, y la Declaración Jurada de Licitud.

CIT-1

Inicio del proceso de validación

Al registrar un rodado, el usuario inicia el proceso de emisión del CIT, que comprende la carga de los datos del bien (número de serie del cuadro, marca, modelo, documentación de respaldo). El estado del proceso se sigue en tiempo real desde el Garaje Digital. La Declaración Jurada de Licitud (ver punto CIT-4) se suscribe en un momento posterior y distinto: cuando el usuario decide publicar el rodado para la venta en el Marketplace, no al registrarlo ni al emitirse el CIT.

CIT-2

Regla de las 72 horas (auditoría de seguridad)

La emisión del CIT NO es inmediata: el proceso incluye una AUDITORÍA DE 72 HORAS HÁBILES durante la cual RODAID S.A.S. contrasta el registro con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza (cruce con bases de rodados denunciados y verificación de la documentación). Recién al cierre favorable de esa auditoría el CIT queda APROBADO; en caso de inconsistencias, queda BLOQUEADO o EN REVISIÓN. Este plazo es una medida de seguridad: previene que un bien de procedencia dudosa obtenga una identidad verificada de forma instantánea.

CIT-3

Excepción 0KM con factura electrónica validada (planeada, aún no disponible)

RODAID S.A.S. contempla, para una fase futura, una excepción a la Regla de las 72 Horas Hábiles para rodados 0KM (nuevos) cuya factura electrónica de compra pueda validarse automáticamente contra el emisor. Esta excepción TODAVÍA NO ESTÁ DISPONIBLE: hoy no existe ningún módulo de validación real de facturas, por lo que todo CIT — sea de un rodado nuevo o usado — pasa por la misma auditoría de 72 Horas Hábiles descripta en el punto anterior, sin excepciones.

CIT-4

Declaración Jurada de Licitud — naturaleza jurídica y momento de suscripción

La Declaración Jurada de Licitud es una manifestación bajo juramento por la cual el usuario declara, con carácter de DECLARACIÓN JURADA y bajo su exclusiva responsabilidad, que el bien que publica para la venta es de su legítima propiedad o posesión y de PROCEDENCIA LÍCITA. Se suscribe al publicar el rodado en el Marketplace (ver CIT-1) — no es una mera casilla formal: el sistema registra la fecha, hora e IP de la aceptación, ligadas a esa publicación de forma inmutable. Declarar falsamente compromete la responsabilidad penal del declarante (ver Régimen Sancionatorio).

CIT-5

Resultado de la validación

Cerrada la auditoría, el CIT puede quedar: APROBADO (identidad verificada, registrada con sello de fecha, hora y hash SHA-256, con anclaje en la Blockchain Federal Argentina pendiente de habilitación institucional), EN REVISIÓN (requiere documentación o aclaración adicional) o BLOQUEADO (inconsistencias o coincidencia con un bien denunciado). El usuario es notificado del resultado y puede consultarlo en el Garaje Digital.

3. Normativa de Seguridad y Protección de Datos

Tratamiento de datos personales bajo la Ley 25.326, finalidad del uso y cruce de datos con el Ministerio de Seguridad de Mendoza.

SEG-1

Tratamiento de datos bajo la Ley 25.326

Los datos personales del usuario son tratados conforme a la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales de la República Argentina. RODAID S.A.S. adopta las medidas técnicas y organizativas para resguardar su confidencialidad e integridad.

SEG-2

Finalidad y autorización de uso

Al aceptar los Términos y Condiciones, el usuario autoriza el uso de sus datos para los fines descriptos en la Política de Privacidad — que incluyen, entre otros, la prevención del delito y la recuperación de la propiedad con cruce de datos contra los registros del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza, la gestión de transacciones del Marketplace, la comunicación relativa a su cuenta, la detección de fraude, y el cumplimiento de obligaciones legales y regulatorias.

SEG-3

Derechos del titular de los datos

El titular de los datos puede ejercer en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión previstos en la Ley 25.326, a través del canal de soporte oficial de RODAID S.A.S.

4. Régimen Sancionatorio y Consecuencias Legales

Consecuencias penales del fraude, la falsedad documental y las denuncias falsas dentro de la plataforma.

PEN-277

Encubrimiento — Art. 277 del Código Penal

Registrar o intentar legitimar un bien de procedencia ilícita podría configurar, según las circunstancias y la valoración de la autoridad competente, el delito de ENCUBRIMIENTO previsto en el Art. 277 del Código Penal de la Nación.

PEN-292

Falsificación de documentos — Art. 292 del Código Penal

Aportar documentación falsa o adulterada (facturas, comprobantes, datos del bien) podría configurar, según las circunstancias y la valoración de la autoridad competente, el delito de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS del Art. 292 del Código Penal de la Nación.

PEN-172

Estafa — Art. 172 del Código Penal

El uso de la plataforma con ardid o engaño para obtener un beneficio indebido en perjuicio de terceros podría configurar, según las circunstancias y la valoración de la autoridad competente, el delito de ESTAFA del Art. 172 del Código Penal de la Nación.

PEN-DJ

Falsedad en la Declaración Jurada y denuncias falsas

La falsedad en la Declaración Jurada de Licitud y la formulación de denuncias falsas dentro de la plataforma podrían comprometer, según las circunstancias y la valoración de la autoridad competente, la responsabilidad penal del usuario, y habilitan, además del bloqueo del CIT, la comunicación de los hechos a dicha autoridad.

5. Talleres Aliados

Naturaleza voluntaria de la vinculación como Taller Aliado y su relación con las obligaciones regulatorias propias del rubro.

ALIADO-1

Carácter voluntario y no sustitutivo de obligaciones regulatorias

El uso de RODAID S.A.S. es un complemento voluntario y no reemplaza ninguna obligación de registro que la normativa vigente (incluida la Ley Provincial N° 9.556) exija al Taller Aliado ante organismos estatales. El Taller Aliado es responsable de cumplir con sus obligaciones regulatorias de forma independiente.

6. Cláusulas de Exclusión Impositiva y Términos del Escrow

Naturaleza jurídica del servicio de custodia de fondos (Escrow), régimen impositivo aplicable a los Vendedores Ocasionales No Habituales y alcance de la responsabilidad fiscal de RODAID S.A.S.

ESCROW-1

Naturaleza del Servicio de Escrow y Custodia de Fondos

El pago se procesa mediante Mercado Pago. RODAID S.A.S. coordina las condiciones de aceptación, recepción y liberación de la operación conforme al flujo habilitado por el proveedor de pagos y a los presentes términos. Esos fondos no constituyen depósitos bancarios, ni generan intereses, y su liberación al Vendedor está estrictamente supeditada a la aceptación, conformidad y recepción física del rodado por parte del Comprador, o al vencimiento de los plazos de auditoría logística interprovincial establecidos por el sistema.

ESCROW-2

Calificación de Usuarios y Exención de Retenciones (Normativa ARCA)

En el marco del régimen especial de percepción de IVA para plataformas digitales de intermediación (Resolución General ARCA N° 5.319/2023, actualizada por la Resolución General N° 5.794/2025), RODAID S.A.S. clasifica a los usuarios que venden su propia bicicleta en el Marketplace como Vendedores Ocasionales No Habituales. Conforme a la actualización vigente desde el 1° de diciembre de 2025, la venta de un bien de uso personal por un monto inferior a $1.500.000 no se considera una actividad habitual y queda, por ese solo hecho, fuera del régimen de percepción — previa Declaración Jurada del vendedor ante RODAID S.A.S., en su carácter de intermediario, manifestando que la venta no forma parte de una actividad comercial organizada. Este umbral se aplica por operación, no de forma acumulada mensual.

ESCROW-3

Mecanismo de Percepción de IVA si RODAID S.A.S. es designada Agente por ARCA

La designación como agente de percepción de este régimen no es un trámite que RODAID S.A.S. solicite por iniciativa propia: es ARCA quien designa —y puede excluir— a los agentes de percepción, incluyéndolos en el Anexo II de la resolución vigente, según el volumen y tipo de actividad detectada. RODAID S.A.S. no fue designada agente de percepción a la fecha. En caso de que ARCA la designe en el futuro, la plataforma consultará la condición fiscal (CUIT/CUIL/CDI) del vendedor que exceda el umbral de venta ocasional del artículo anterior, retendrá al cobrar su comisión el porcentaje de IVA que corresponda según esa condición (Responsable Inscripto, Monotributista o sujeto no categorizado, conforme al Anexo IV), e identificará la percepción de forma clara en el comprobante que reciba el vendedor.

ESCROW-4

Tratamiento de Jurisdicción y Percepción de Ingresos Brutos (Sircreb / Mendoza)

Los fondos procesados dentro de la provincia de Mendoza o interprovinciales se ajustarán a los convenios multilaterales aplicables. RODAID S.A.S. no es agente de retención directo del impuesto a los Ingresos Brutos sobre el valor total del bien usado de particulares, limitando su responsabilidad fiscal exclusivamente a la percepción impositiva sobre sus propios servicios prestados: el costo fijo de $5.500 ARS del CIT Express (identidad y circulación); el costo fijo de $10.000 ARS de su porción en el CIT de Transferencia por acuerdo entre privados (sin Fee de Éxito, dado que RODAID S.A.S. no intermedia esa venta); y el Fee de Éxito equivalente al 1% del valor de venta cuando la operación se concreta a través del Marketplace de RODAID S.A.S. (su porción como intermediario del Escrow, la mitad del 2% total cobrado sobre las ventas de CIT Completo).

Este es el texto vigente del marco legal de RODAID. Para dudas puntuales sobre la validación, tus derechos y obligaciones o el régimen sancionatorio, abrí la Consultoría Legal; para otros temas, contactá a nuestro soporte especializado.